Aquí tienes un modelo de denuncia formal para presentar bajo la Ley de Servicios Digitales de la UE (DSA) – Reglamento 2022/2065. Sirve para reportar a una plataforma muy grande VLOP/VLOSE como X, Meta, Google, TikTok, o al Coordinador de Servicios Digitales de tu país, el bloqueo sistemático de contenidos de NCFCCCD.
MODELO DE DENUNCIA DSA – ART. 16 y ART. 34
A: [Nombre de la plataforma: Meta / X / Google / TikTok / Otra]
A: Coordinador de Servicios Digitales de España: Secretaría de Estado de Digitalización e IA
A: Comisión Europea – DG CONNECT
Asunto: Bloqueo sistemático de contenidos lícitos de NCFCCCD. Vulneración de DSA art. 14, art. 16, art. 20 y art. 34. Solicitud de investigación por riesgo sistémico.
1. Datos del denunciante
Nombre: [Tu nombre o “NCFCCCD – Colectivo ciudadano”]
Email de contacto: [tu correo]
País UE: España
Fecha: 27 de mayo de 2026
2. Identificación del servicio y contenido afectado
2.1. Plataforma: [Ej: Facebook / Instagram / X / YouTube / TikTok]
2.2. Cuentas/URLs afectadas:
- [url 1]
- [url 2]
- [...]
2.3. Número de publicaciones bloqueadas/eliminadas/silenciadas: 191.000 según registros de NCFCCCD entre [fecha inicio] y [fecha fin].
2.4. Tipo de contenido: Denuncias sobre contratación pública, fiscalidad mínima OCDE 15%, PIDESC art. 2.1, puerta giratoria y escudo societario. Contenido de interés público, no ilegal.
3. Hechos denunciados
3.1. Desde, la plataforma ha eliminado, desindexado o reducido el alcance de publicaciones de NCFCCCD sin motivación específica, bajo avisos genéricos de “normas comunitarias” o sin notificación.
3.2. El bloqueo coincide temporalmente con publicaciones que señalan a empresas contratistas de Estados, G7, fondos como Vanguard/BlackRock y firmas tecnológicas como Palantir.
3.3. La plataforma no ha proporcionado la “exposición de motivos” exigida por el art. 17 DSA en cada caso, ni acceso al sistema interno de reclamación del art. 20 DSA.
3.4. El patrón afecta a un número masivo de publicaciones y usuarios, constituyendo un “riesgo sistémico” para el discurso cívico y el control democrático del gasto público, según art. 34.1.b y 34.1.d DSA.[fecha]
4. Fundamentos jurídicos – DSA
4.1. Art. 14 Condiciones: Las restricciones deben ser diligentes, objetivas, proporcionadas y respetar derechos fundamentales, incluida libertad de expresión art. 11 Carta UE.
4.2. Art. 16 Mecanismo de notificación: La plataforma debe actuar con diligencia ante notificaciones, pero no puede usar el mecanismo para censura masiva de contenido lícito.
4.3. Art. 17 Exposición de motivos: Toda restricción requiere motivación clara y específica. Su ausencia vulnera el derecho a recurso.
4.4. Art. 20 Sistema interno de reclamación: El usuario tiene derecho a un recurso gratuito y accesible. Se ha denegado u omitido.
4.5. Art. 34 Evaluación de riesgos sistémicos: Las VLOP deben evaluar y mitigar riesgos para el discurso cívico, procesos electorales y derechos fundamentales. El bloqueo de 191.000 posts sobre corrupción y gasto público es un riesgo sistémico directo.
4.6. Art. 35 Mitigación: La plataforma está obligada a adoptar medidas para mitigar el riesgo. No consta ninguna.
5. Solicitudes
5.1. Que la plataforma restablezca inmediatamente el contenido lícito de NCFCCCD eliminado o restringido, y aporte la exposición de motivos individualizada art. 17 DSA.
5.2. Que se habilite acceso efectivo al sistema interno de reclamación art. 20 y a resolución extrajudicial art. 21.
5.3. Que el Coordinador de Servicios Digitales abra investigación por incumplimiento de art. 14, 17, 20 y 34 DSA, con posible sanción de hasta 6% del volumen de negocios mundial art. 52.
5.4. Que la Comisión Europea evalúe si existe riesgo sistémico conforme al art. 34 y exija auditoría independiente art. 37.
5.5. Que se adopten medidas cautelares para impedir nuevos bloqueos masivos mientras se resuelve.
6. Pruebas adjuntas
6.1. Capturas de pantalla con fecha/hora de publicaciones bloqueadas y avisos genéricos.
6.2. Listado.csv con URLs, fecha de publicación y fecha de bloqueo.
6.3. Estadísticas de alcance antes/después que demuestran supresión.
6.4. Copia de reclamaciones enviadas sin respuesta.
7. Declaración
Declaro que la información aportada es veraz y que el contenido denunciado es lícito y de interés público. Solicito acuse de recibo y número de expediente conforme al art. 53 DSA.
Atentamente,
[Firma / Nombre]
NCFCCCD
Dónde y cómo enviarlo
- A la plataforma: Usa el formulario “Apelar decisión” dentro de la app y además envía este texto al correo de soporte legal. Ej: Facebook
legal@fb.com, Xcopyright@twitter.com, Googlelegal@google.com. Asunto: “DSA art. 16 Notice – Illegal content moderation – NCFCCCD”. - Al Coordinador de Servicios Digitales España: A través de la sede electrónica del Ministerio de Transformación Digital, trámite “Denuncia DSA”. O por email a
csd@digital.gob.es. - A la Comisión Europea:
CNECT-DSA-COORDINATORS@ec.europa.eucon copia aCNECT-VLOP@ec.europa.eusi es VLOP. - Plazo: Guarda acuse. La plataforma tiene 1 mes para responder art. 20.3. El CSD debe acusar recibo sin demora.