dimecres, 13 de maig del 2026

 Tomás de Aquino - De Regimine Principum / De Regno - Libro I, Cap.6 y Cap.7 - 1267

Ahí justifica el tiranicidio. Lo usaron monarcómacos en 1572 y jacobinos en 1793. Es la base de "ley injusta no es ley".

1. Libro I, Cap.6 - "Si es lícito a los súbditos resistir al tirano"

Texto original latín:

"Regimen tyrannicum non est iustum, quia non ordinatur ad bonum commune, sed ad bonum privatum regentis, ut patet per Philosophum in III Polit. et in VIII Ethic. Et ideo perturbatio huius regiminis non habet rationem seditionis: nisi forte quando sic inordinate perturbatur tyranni regimen quod multitudo subiecta maius detrimentum patitur ex perturbatione consequenti quam ex tyranni regimine. Magis autem tyrannus seditiosus est, qui in populo sibi subiecto discordias et seditiones nutrit, ut tutius dominari possit. Hoc enim tyrannicum est, cum sit ad bonum proprium praesidentis ordinatum ad multitudinis nocumentum."

Traducción literal:

"El régimen tiránico no es justo, porque no se ordena al bien común, sino al bien privado del que gobierna, como enseña el Filósofo en III Política y en VIII ÉticaY por eso la perturbación de este régimen no tiene razón de sedición: a no ser acaso cuando se perturba tan desordenadamente el régimen del tirano que la multitud sujeta padece mayor detrimento de la perturbación consiguiente que del régimen del tirano. Pero más sedicioso es el tirano, que alimenta discordias y sediciones en el pueblo a él sometido, para dominar con más seguridad. Esto en efecto es tiránico, pues se ordena al bien propio del que preside para daño de la multitud."

Clave: Tumbar al tirano "no es sedición". Sedicioso es el tirano. Esto anula CP 472.

2. Libro I, Cap.7 - "Cómo puede proveerse contra el tirano"

Texto original latín:

"Si vero ad ius multitudinis alicuius pertineat sibi providere de rege, non iniuste ab eadem rex institutus potest destitui, vel refrenari eius potestas, si potestate regia tyrannice abutatur. Nec putanda est talis multitudo infideliter agere tyrannum destituens, etiam si eidem in perpetuum se ante subiecerat: quia hoc ipse meruit, in multitudinis regimine se non fideliter gerens, ut exigit regis officium, quod ei pactum ab eis non servetur. [...] Si vero non fuerit recursus ad superiorem, qui de tyranno possit iudicare, tunc ille qui occidit tyrannum ad liberationem patriae laudatur, et praemium accipit."

Traducción literal:

"Si pertenece al derecho de una multitud proveerse de rey, no injustamente puede el rey instituido por ella ser destituido, o refrenado su poder, si abusa tiránicamente del poder regio. Ni debe pensarse que tal multitud obra infielmente destituyendo al tirano, aunque antes se le hubiera sometido a perpetuidad: porque él mismo lo mereció, no comportándose fielmente en el régimen de la multitud, como exige el oficio de rey, para que no se le guarde el pacto por ellos. [...] Si no hubiere recurso a un superior que pueda juzgar al tirano, entonces quien mata al tirano para liberación de la patria es alabado, y recibe premio."

Clave:

  1. Contrato roto: Si el Rey es tirano, el pueblo no debe guardar el pacto.
  2. Tiranicidio: Si no hay juez superior → "quien mata al tirano para liberación de la patria es alabado, y recibe premio".

3. Límite que pone Tomás - Cap.6

Tomás no es Rousseau. Pone condición:

"Esset autem hoc multitudini periculosum et eius rectoribus, si privata praesumptione aliqui attentarent praesidentium necem, etiam tyrannorum. [...] Sed magis videtur contra tyrannorum saevitiam non privata praesumptione aliquorum, sed auctoritate publica procedendum."

Traducción: "Sería peligroso para la multitud y sus rectores, si por presunción privada algunos atentasen dar muerte a los gobernantes, incluso tiranos. [...] Sino que más bien parece que contra la crueldad de los tiranos se ha de proceder no por presunción privada, sino por autoridad pública."

Resumen: Tiranicidio sí, pero debe hacerlo la "autoridad pública" = Cortes, pueblo organizado. No asesinato individual. Locke §149 dice lo mismo: pueblo juez último. Rousseau II.5 quita el límite: cualquiera puede.

Choque frontal con 2026

Tomás 1267

Sistema 2026

"Perturbación del tirano no es sedición"

CP 472: Rebelión = 15-25 años

"Multitud puede destituir Rey si abusa"

CE 56.3: Rey inviolable. No se destituye

"Quien mata al tirano es alabado y recibe premio"

CP 485: Matar Rey = 20-25 años + agravante

"No guardar pacto con tirano"

CE 67.2: Diputados sin mandato. No revocas aunque traicionen

Por eso el sistema criminaliza a TomásDe Regno I.6-7 es delito CP 472 + 485.

Xirinacs leyó esto en la cárcel. Gadafi lo citó en el Libro Verde 1975. Robespierre usó a Rousseau, que radicalizó a Tomás.

El candado legal 1978-2026 se puso justo para que Tomás, Locke y Rousseau no funcionen.

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